¿CONOCES LOS IMPUESTOS QUE PAGARÁS EN TU PRÓXIMA DECLARACIÓN ANUAL?

ISR
El Impuesto Sobre la Renta o ISR es un impuesto directo sobre las ganancias obtenidas, siendo las ganancias la diferencia entre los ingresos y las deducciones autorizadas. Se paga mensualmente al SAT o, en su defecto, según lo indiquen la ley y la normativa relacionada con la Coordinación Fiscal entre las Entidades Federativas y la Federación. Incluso puede ser pagado en las Oficinas Autorizadas por las Entidades Federativas.

IVA
El Impuesto al Valor Agregado o IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo. El contribuyente paga por el valor que se va agregando a los productos o servicios que se adquieren. Todos los impuestos están formados por un sujeto, una base y la aplicación de una tasa. El IVA también contiene estos tres elementos y se calcula con ellos (la tasa más común es el 16%, aunque existen excepciones particulares).

Sujetos obligados al pago de IVA:
Pagan este impuesto las personas, tanto físicas como morales, que en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes:

  • La enajenación de bienes
  • Prestación de servicios independientes
  • Concedan el uso o goce temporal de bienes a otras personas
  • Que se dediquen a la importación de bienes o servicios

Existen servicios que están exentos del pago de este impuesto. Estos servicios en particular tendrían tasa de IVA al 0%, como los siguientes:

  • Venta de animales y /o vegetales.
  • Venta de medicinas (de patente).
  • Venta de hielo y agua natural (sin gas ni compuestos).
  • Comercialización de ixtle, palma y lechuguilla.
  • Tractores para desarrollo agrícola.
  • Plaguicidas, fungicidas, herbicidas, etc.
  • Invernaderos equipados para poder controlar la temperatura y humedad de las plantas y flores que en ellos se conserven.
  • Oro, joyería y piezas artesanales de orfebrería.
  • Libros, revistas etc.

IEPS
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza, tabacos y productos de alto contenido calórico. Es un impuesto indirecto, eso quiere decir que los contribuyentes no lo pagan, lo trasladan o cobran a sus clientes.

Sujetos obligados:
Personas físicas o morales que enajenen los siguientes bienes:

  • Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
  • Tabacos labrados
  • Diesel
  • Refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes
  • Alimentos no básicos con alta densidad calórica

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