ISR
El Impuesto Sobre la Renta o ISR es un impuesto directo sobre las ganancias obtenidas, siendo las ganancias la diferencia entre los ingresos y las deducciones autorizadas. Se paga mensualmente al SAT o, en su defecto, según lo indiquen la ley y la normativa relacionada con la Coordinación Fiscal entre las Entidades Federativas y la Federación. Incluso puede ser pagado en las Oficinas Autorizadas por las Entidades Federativas.
IVA
El Impuesto al Valor Agregado o IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo. El contribuyente paga por el valor que se va agregando a los productos o servicios que se adquieren. Todos los impuestos están formados por un sujeto, una base y la aplicación de una tasa. El IVA también contiene estos tres elementos y se calcula con ellos (la tasa más común es el 16%, aunque existen excepciones particulares).
Sujetos obligados al pago de IVA:
Pagan este impuesto las personas, tanto físicas como morales, que en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes:
- La enajenación de bienes
- Prestación de servicios independientes
- Concedan el uso o goce temporal de bienes a otras personas
- Que se dediquen a la importación de bienes o servicios
Existen servicios que están exentos del pago de este impuesto. Estos servicios en particular tendrían tasa de IVA al 0%, como los siguientes:
- Venta de animales y /o vegetales.
- Venta de medicinas (de patente).
- Venta de hielo y agua natural (sin gas ni compuestos).
- Comercialización de ixtle, palma y lechuguilla.
- Tractores para desarrollo agrícola.
- Plaguicidas, fungicidas, herbicidas, etc.
- Invernaderos equipados para poder controlar la temperatura y humedad de las plantas y flores que en ellos se conserven.
- Oro, joyería y piezas artesanales de orfebrería.
- Libros, revistas etc.
IEPS
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza, tabacos y productos de alto contenido calórico. Es un impuesto indirecto, eso quiere decir que los contribuyentes no lo pagan, lo trasladan o cobran a sus clientes.
Sujetos obligados:
Personas físicas o morales que enajenen los siguientes bienes:
- Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
- Tabacos labrados
- Diesel
- Refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes
- Alimentos no básicos con alta densidad calórica