¿Conoces la nueva política de cancelación de CFDI?

El proceso de cancelación de CFDI con la nueva política está recogido en la Miscelánea Fiscal para el 2017 y su anexo 19. Tal y como señala la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en estos documentos, los emisores deberán enviar una solicitud de cancelación al receptor del CFDI que se desee eliminar a través del Portal del SAT o de los servicios un proveedor de certificación.

Cuando se requiera la aceptación para la cancelación, el receptor de la factura recibirá un mensaje de interés en su Buzón Tributario, informando que existe una solicitud de cancelación.

A partir de ese momento, el destinatario del comprobante contará con un plazo de 72 horas para aceptar o negar la cancelación del CFDI. Una respuesta que tendrá que dar a través del mismo Buzón Tributario. Si pasado el margen de 72 horas, el receptor del comprobante no se ha manifestado, el SAT considerará que se acepta la cancelación del CFDI.

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