¿QUÉ ES Y CÓMO SE LLENA UN COMPLEMENTO DE PAGOS?

¿Aún no terminas de entender todo lo relacionado con el complemento de pagos? No te preocupes, ¡para eso estamos!

En nuestro artículo previo te explicamos algunas generalidades de este comprobante. Pues bien, porque ustedes lo pidieron, ahora abordaremos el complemento de pagos desde sus entrañas, para explicarte paso a paso cómo debe ser llenado.

Primero, recordemos que el Recibo Electrónico de Pagos (REP) o complemento de pagos, tendrá que ser elaborado por el emisor de una factura electrónica siempre que la contraprestación de la misma sea recibida de manera diferida o en parcialidades, es decir, cuando el cliente realice su pago de manera posterior a que fue emitida la factura, ya sea en una o varias exhibiciones.

Cabe aclarar que un pago puede amparar varias facturas, múltiples pagos pueden corresponder a una sola factura, o bien, varios pagos pueden cubrir varias facturas. Independientemente de cómo se realice este procesamiento, el REP no debe faltar, y tendrás para emitirlo desde el momento en que recibes el pago, hasta máximo el día 10 del mes siguiente al cual recibiste el pago.

Algunos de los beneficios del uso del REP son:

  • No habrá duplicidades de ingresos en los pagos por parcialidades.
  • Los proveedores no podrán cancelar indebidamente las facturas ya pagadas.
  • Se conocerá con certeza si una factura electrónica ya ha sido liquidada. Los clientes que no hayan realizado el pago tampoco podrán deducirse ese gasto.

Si ya eres usuario de nuestro sistema YEZDO+FACTURA, ¡felicidades!, seguramente ya conoces todos los beneficios de nuestra fantástica aplicación web. Para todos ustedes, hemos creado un práctico video que explica paso a paso cómo llenar correctamente tu CFDI con complemento de pagos. tutorial.https://www.youtube.com/watch?v=ALzVbeDpYDE

Si no eres usuario de YEZDO+FACTURA, te invitamos a crear tu cuentahttps://cfdi.yezdo.com/registro/  y comenzar a facturar hoy mismo de manera gratuita. ¿Aún no estás convencido? No pasa nada. Aquí te mostraremos también la manera de llenar tu REP en la aplicación del SAT, Manejamos 14 días gratis de prueba.

El primer paso, obvio pero obligatorio, es ingresar tu correo y tu contraseña

¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DE UN PAC Y QUÉ RELACIÓN TIENE ESTO CONMIGO?

Hagamos un poco de memoria: desde enero de 2014, el SAT determinó que el CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) sería la única manera válida en México para llevar a cabo la facturación entre personas físicas y morales. Con ello, inició la era de la facturación electrónica en nuestro país. Ahora bien, para tener un CFDI válido (sea factura, nómina, traslado o pago), se requiere la incorporación de un timbre fiscal digital, el cual solo puede ser generado por el propio SAT, o bien por alguno de los PAC, como es el caso de DIGIBOX.


Pero ¿qué es un PAC?

Un PAC es un Proveedor Autorizado de Certificación avalado por el SAT, para generar, procesar y certificar los comprobantes fiscales digitales. El trabajo y las obligaciones de un PAC no son cosa fácil: se deben asignar los folios fiscales, validar los numerosos requisitos de un CFDI e incorporar los sellos digitales del SAT; todo esto en fracciones de segundo, por cada una de los más de 38 millones de comprobantes fiscales que se emiten diariamente.

Además, para garantizar la confiabilidad, integridad y disponibilidad de tu información, los PAC somos continuamente revisados por diversos organismos y autoridades, todo ello con el fin de que, como contribuyente, puedas confiar plenamente que tus CFDI serán correctamente procesados y timbrados, cumpliendo con todos los requisitos fiscales.

¿Cuáles son los requisitos y las obligaciones que debe cumplir un PAC?

Para que una empresa pueda ser un PAC, es necesario que cumpla en su totalidad con los siguientes requisitos, según la Resolución Miscelánea Fiscal:

  • Llenar una solicitud de validación y opinión técnica del cumplimiento de requisitos tecnológicos y de seguridad para solicitar la autorización para operar como PAC.
  • Llenar una solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI.
  • Entregar un escrito libre, donde se manifieste la intención de ser PAC.
  • Cumplir en su totalidad con la matriz de controles para la revisión de seguridad de proveedores de certificación de CFDI, establecida por el SAT. Puedes consultarla aquí.
  • Entregar una carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos.
  • Mantener un inventario de activos de información.

Como ahora conoces, las empresas que somos PAC no tenemos una tarea tan sencilla, pues además de los requerimientos anteriores, debemos cumplir con diversas obligaciones ante el SAT:

  • Mantener un capital social suscrito y pagado de al menos diez millones de pesos.
  • Contar con una fianza para garantizar el pago de cualquier daño o perjuicio causado al fisco federal o a un tercero.
  • Presentar anualmente el dictamen de los estados financieros.
  • Permitir y facilitar la realización de actos de verificación y de supervisión por parte del SAT.
  • Permitir al SAT la realización de evaluaciones de confiabilidad a todo el personal del PAC.
  • Conservar los CFDI certificados por un término de al menos tres meses.

Si quieres conocer a detalle las obligaciones que debemos cumplir los PAC, puedes ingresar aquí.

Ser un proveedor autorizado de certificación es una labor que implica muchas responsabilidades y obligaciones, pero todo ello esta ideado para que, como contribuyente, puedas depositar tu entera confianza en tu PAC.

¡No le confíes tu facturación a cualquiera! Acércate a una empresa certificada y con experiencia, que te dé la seguridad y garantía que tus comprobantes fiscales cumplen todos los requisitos. En DIGIBOX estamos comprometidos contigo, te ofrecemos el mejor servicio de facturación electrónica.

¡Gracias por confiar en nosotros!

Para qué sirve el Certificado de Sello Digital(CSD?

En general, todos los trámites del SAT parecen física nuclear. Pero, ¡no te preocupes! En DIGIBOX te damos la asesoría que necesitas para que realices exitosamente tu facturación electrónica. Hoy, queremos hablarte del Certificado de Sello Digital.

El Certificado de Sello Digital (CSD) es un archivo digital emitido por el SAT que se usa específicamente para generar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), ya que la Fiel o firma electrónica no es suficiente para este propósito.

Con el CSD podrás sellar (firmar) electrónicamente la cadena original de los CFDI y garantizar su origen para prevenir la falsificación o manipulación de datos. Puedes elegir utilizar un solo CSD para toda tu operación o tramitar diferentes sellos, dependiendo de las sucursales o puntos de facturación que tengas.

El CSD se compone de tres elementos:
– Certificado de seguridad (.cer)
– Llave privada (.key)
– Contraseña de la llave privada

¿Este tiene vigencia?

Revisa su vigencia!
El CSD tiene una vigencia de cuatro años, así que si tramitaste tu certificado durante 2014, es probable que necesites tramitar uno nuevo en los próximos días.

¿Tienes problemas para timbrar tus facturas electrónicas? Quizá se deba a que no cuentas con un CSD válido o el que venías usando ya se venció.

¿Cómo consigo mi propio CSD?
Cualquier persona física o moral puede obtenerlo en línea y de forma gratuita. Es importante mencionar que para ello necesitarás tu firma electrónica vigente.

  1. Ingresa a la aplicación Certifica (antes SOLCEDI).
  2. En esta aplicación generarás la solicitud de certificado de sello digital.

Obtendrás dos archivos: el primero con extensión .sdg que se enviará como solicitud al SAT; el segundo es la clave privada de tu sello digital, con extensión .key.

  1. Después, envía la solicitud de sellos digitales y recupera ahí mismo los certificados.

Requerirás tu contraseña del RFC (antes CIEC) o tu firma electrónica para realizar el envío para obtener el archivo del certificado de seguridad con extensión .cer.

Si tu CSD se te venció, es necesario que realices nuevamente el trámite. Puedes ingresar en la página del SAT para realizar este proceso.

Si tienes problemas con estos pasos, te recomendamos ponerte en contacto con tu contador o directamente con el SAT, a través de sus distintos medios de contacto.